Salud
Qué hacer ante una urgencia médica en la Ciudad de México
Qué hospital elegir según tu urgencia, cuándo marcar al 911 y qué puede exigirte —o no— un hospital privado antes de atenderte.
A dónde ir
El criterio ante una urgencia real —riesgo de vida, de un órgano o de una función— es la cercanía, no la afiliación. Acude al hospital más próximo, sea público o privado.
Por ley, ningún hospital puede condicionar la atención de una urgencia al pago inmediato o a que cuentes con seguro médico. Eso aplica tanto en instituciones públicas como privadas.
Cuándo llamar al 911
Si la persona no puede trasladarse por sí misma o por sus propios medios al hospital más cercano, la vía es llamar al 911 en lugar de intentar el traslado por cuenta propia.
Tus derechos frente a un hospital privado
Un hospital privado tiene la obligación de estabilizarte aunque no puedas pagar en ese momento. No puede negarte la atención ni exigirte un pago o garantía antes de resolver la urgencia.
La parte administrativa y financiera —trámites, cobro, seguro— se atiende después de que la persona ya fue estabilizada, nunca como condición previa a la atención.
Preguntas frecuentes
¿Un hospital privado me puede negar la atención si no tengo dinero?
No, si se trata de una urgencia real que pone en riesgo la vida, un órgano o una función, la ley obliga a estabilizarte primero.
¿Cómo sé si algo realmente es una urgencia y no puede esperar a consulta normal?
Si hay riesgo de vida, pérdida de una función corporal o de un órgano (dificultad severa para respirar, sangrado que no para, pérdida de conciencia, dolor de pecho intenso), es urgencia y debes ir directo al hospital más cercano o llamar al 911. Ante la duda, siempre es mejor acudir.
¿Cuándo tengo que pagar si me atienden en un hospital privado?
Primero te estabilizan. Los trámites de pago o de seguro se resuelven después de la atención, nunca antes, en el caso de una urgencia real.